Iberoamerican Business Journal

Vol. 7 N° 2 | Enero 2024 p. 32 - 61 ISSN:2521-5817 DOI: http://dx.doi.org/10.22451/5817.ibj2024.vol7.2.11081


Paraíso Fiscal: América Latina y su Lucha 2018 – 2023

Tax Haven: Latin America and its Struggle 2018 – 2023



Dr. Víctor Manuel Giudice Baca


Profesor Extraordinario y Past-Decano de Economía en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Dr. en Ciencias Económicas por la Universidad de Budapest, Hungría.

Mg. (c) Denys Fernández Aliaga


Dr. ( c ) Denys Fernández Aliaga, Candidato a Doctor en Ciencias Contables y Empresariales por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Víctor Manuel Giudice Baca 1; Denys Marco Fernandez Aliaga 2


1 Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú (vgiudiceb@unmsm.edu.pe)

2 Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú (denys.fernandez@unmsm.edu.pe)


RESUMEN


Los paraísos fiscales han mermado considerablemente los ingresos fiscales y los países de América Latina son los más perjudicados que los países desarrollados. La principal institución aliada de los países latinoamericanos para contrarrestar la evasión fiscal, la elusión fiscal y los flujos de efectivo ilícitos es la OCDE y desde el 2018 con su reunión en Punta del Este ha establecido medidas concretas y objetivos que se han implantado y desarrollado. Los países de América Latina tienen que comprometerse con el desarrollo de mecanismos de transparencia fiscal e intercambio de información para contrarrestar a los paraísos fiscales.


Palabra clave: Paraísos Fiscales, OCDE, Intercambio de Información, Evasión Fiscal.


ABSTRACT

Tax havens have considerably reduced tax revenues and Latin American countries are the most affected than developed countries. The main allied institution of Latin American countries to counter tax evasion, tax avoidance and illicit cash flows is the

Recibido: 25 de noviembre del 2023. Aceptado: 27 de noviembre del 2023. Publicado:

31 de enero 2024

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OECD and since 2018 with its meeting in Punta del Este it has established concrete measures and objectives that have been implemented and developed. Latin American countries have to commit to the development of fiscal transparency and information exchange mechanisms to counteract tax havens.

Keywords: Informal economy, social exclusion, informal sector, Latin America, informal employment, tax culture.


  1. INTRODUCCIÓN


    “La gobernanza global como un conjunto de organizaciones y procesos en la solución a problemas complejos” (Cabello et al., 2021). Hallamos a la principal institución en América Latina comprometido en hacerle frente a los paraísos fiscales, las medidas concretas y objetivos frente a ello, e indicadores de transparencia fiscal e intercambio de información en progreso y desarrollo”.

    La presente investigación analiza el rol de la principal institución internacional en la regulación de los paraísos fiscales. Es por ello que planteamos el primer objetivo que es describir a la principal institución internacional que interviene en la regulación de los paraísos fiscales en América Latina. El segundo objetivo es examinar los programas de regulación a los paraísos fiscales en América Latina. El tercer objetivo es describir la adhesión y cumplimiento de los programas de regulación en América Latina.

    El método empleado que se ha empleado es obtener encuestas actualizadas al periodo 2023, para ello empleamos la plataforma del Organismo para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL).

    Los hallazgos interesantes son el Plan BEPS (por sus siglas en inglés Base Erosión and Profit Shifting, Erosión de la base imponible y traslado de beneficios) de la OCDE y el G20 llevados a cabo desde el 2013 y con la inclusión a los países de América Latina con las reuniones de Punta del Este llevados a cabo desde el 2018. Reuniones que muestran progresos y desarrollos de hacerle frente a los paraísos fiscales.

    Hallamos las ocho reuniones con medidas concretas y objetivos planteados, y reuniones de seguimiento y progreso planteadas, de acuerdo con la línea principal de transparencia fiscal e intercambio de información, desde la Declaración de Punta del Este llevado a cabo el 2018.

    Hallamos que el promedio de ingresos como porcentaje del PBI de la OCDE en promedio que está por encima del 30% y supera al promedio de ingresos de los países latinoamericanos en más del 10% para los periodos del 2018 al 2021. Asimismo, la prioridad dada al intercambio de información (EOI) y el conocimiento del personal en


    EOI por dieciséis países latinoamericanos al periodo 2021 se halla entre media y alta representando el 81%, y el 50% respectivamente.

    A su vez encontramos que el promedio de la tasa de evasiones estimadas para el impuesto sobre personas físicas y sobre sociedades, en las dos últimas décadas, es del 44% y 52% respectivamente. Por otro lado, hallamos al periodo 2022 que la prioridad brindada al EOI y al conocimiento de personal en EOI a nivel medio por los dieciséis países latinoamericanos es del 81% y 38 respectivamente.

    El hallazgo más importante son las solicitudes de información enviadas por países como México, Argentina, Colombia y Perú, y en menor medida de solicitudes enviadas por el resto de países representadas solo por el 6%.

  2. REVISIÓN DE LA LITERATURA


    A continuación, abordamos las teorías de acuerdo con nuestros objetivos propuestos:


    1. Gobernanza Global


    2. Gobernanza Financiera Internacional


    3. Cooperación Internacional en Materia Tributaria


    4. Paraísos Fiscales


      “La Gobernanza Global (GG) como el conjunto de individuos, instituciones públicas y privadas cuentan con problemas comunes” (UNCGG, 1995). En el caso de los paraísos fiscales es un problema que afecta directamente a los individuos de determinado territorio al no contar con los medios necesarios para su formación y ser proveídos por el Estado, por la evasión y elusión fiscal y los flujos de efectivo ilícitos existentes. “La GG provoca también efectos negativos producto de haber promovido la globalización, viene siendo manejada desde el enfoque liberal y cuenta con muchas definiciones” (Querejazu, 2020).

      Desde el desarrollo de la tecnología y las comunicaciones, muchos países y culturas que hay en ellas han impulsado el desarrollo del comercio mundial y las finanzas internacionales, a su vez esto acarrea que actividades ilícitas sigan encontrando nuevas formas de existencia. Además, (Cabello et al., 2021) señala: “en la GG es


      necesario tener en cuenta a la globalización como un proceso de internacionalización e interdependencia mundial, donde se eliminan las barreras al comercio, a la inversión extranjera directa y al portafolio, y los flujos de fondos transfronterizos”. Esto conlleva a la creación o reformulación conjunta de nuevas formas de instituciones internacionales abocadas a temas económicos y financieros que promuevan el desarrollo y la estabilidad económica de los países.

      “La autoridad privada coopera con la GG bajo la actuación de entidades privadas que desarrollan distintas actividades de colaboración lo que facilita la actividad conjunta de alcance global y tienen sus propios esquemas de regulación privada en temas públicos globales” (Toro-Valencia, 2019). Las entidades privadas como el motor de desarrollo económico, social, científico y tecnológico tienen que coadyubar a promover e impulsar la responsabilidad social y la lucha contra las actividades ilícitas. Por otro lado (Glückler et al., 2019) menciona: “existe gobernanza global entre Estados soberanos en cuestiones de derechos humanos y migración, medioambiente y cambio climático, o de la paz”. También es necesario la GG en temas de evasión fiscal, elusión fiscal y flujos de efectivo ilícitos (FFIs).

      A pesar de las múltiples definiciones de GG, “existen elementos suficientes para considerarlo como un conjunto de procesos y organizaciones, que coadyuven a regular problemas complejos y diferencias de intereses entre países” (Cabello et al., 2021). El problema complejo de los países de América Latina tiene que ver con la evasión fiscal, elusión fiscal y los FFIs. Lo que implica una participación conjunta, a través de organizaciones internacionales que permitan regular y plantear soluciones a complejas situaciones que involucran la parte económica y financiera de cada país.

      La gobernanza financiera internacional después de la crisis financiera del 2008 se vio obligada a realizar grandes reformas institucionales como el Fondo Monetario Internacional (FMI) que realizaría grandes emisiones de derechos especiales de giro lo que conllevaría a su regulación. “Los líderes de la G20 declararon el Plan mundial de Recuperación y Reforma, lo que condujo a una regulación por parte del FMI y el encargo tardío de fortalecer la cooperación tributaria internacional a la OCDE” (Ocampo, 2020). “Con la Declaración de Punta del Este en el 2018 los países de América Latina enfrentarían grandes desafíos a la recaudación fiscal” (OCDE, 2018).


      Cooperación Internacional en Materia Tributaria


      De acuerdo con la cooperación internacional en materia tributaria (Jiménez et al., 2020) nos señala:

      Si bien las reglas de tratamiento a la doble imposición (entre fuente u origen de la renta y el país de origen) del contribuyente son abordados desde los años veinte del

      S. XX, a partir del año 2013 se observa grandes avances en temas de cooperación y coordinación tributaria internacional. Esto con las medidas del Plan BEPS (por sus siglas en inglés Base Erosión and Profit Shifting, Erosión de la base imponible y traslado de beneficios) de la OCDE y el G20, la inclusión de países emergentes en el Marco inclusivo de implementar el proyecto y la adopción de la Convención multilateral e implementar medidas fiscales para prevenir BEPS (instrumento multilateral). (Pág. 15)

      Paraísos Fiscales


      “Los sucesos financieros a inicios y mediados del S. XIX ocurridos en Suiza, como el desarrollo del turismo, la competencia entre ciudades (cantones) por cobrar menos impuestos y una medida fiscal clave para atraer capital extranjero” (Guex, 2022); a su vez “el incremento de los impuestos producto de la Gran Guerra y por ser Suiza un país neutral a la guerra sacó provecho al ofrecer secreto bancario y seguridad a capitales extranjeros” (Caballero Sánchez, 2022). Sugieren los inicios de los paraísos Fiscales.

      Palan, Murphy y Chavagneux (Palan et al., 2010) definen los paraísos fiscales como: “Una jurisdicción deliberada, para facilitar las transacciones por la gente que no son residentes en sus dominios con el propósito de evitar los impuestos y/o las regulaciones, lo cual les son facilitados proveyéndoles un respaldo legal y secreto”.

      “Por consenso general los paraísos fiscales jugaron un papel importante en la evolución del capitalismo” (Guex, 2022). Políticos científicos como Ronen Palan. Richard Murphy y Cristian Chavegneux afirman que es “un componente de la economía moderna globalizada” (Wójcik & Boote, 2011), “sumado al avance tecnológico, las inversiones extranjeras directas, la consolidación de empresas como factores han permitido que se empleen métodos agresivos de planificación tributaria


      que incluyen paraísos fiscales” (Bárcena, 2016) y que el “desarrollo temprano de Suiza como un paraíso fiscal internacional no está completamente claro” (Palan et al., 2010).

      Definición de Paraíso Fiscal por Distintas Instituciones Internacionales


      “Los impuestos mínimos o inexistentes sobre los ingresos de un país con tendencias a reducir su regulación y a limitar su administración, es lugar para capitales extranjeros que escapan de su lugar de residencia para no pagar impuestos” (OCDE, 1998, pág. 21). De acuerdo con esta definición, a las jurisdicciones que proceden de eso modo se les considera paraísos fiscales. A su vez “la OCDE señala 4 factores para considerar a determinada jurisdicción como paraíso fiscal: impuestos mínimos o inexistentes sobre los ingresos, falta de intercambio efectivo de información, falta de transparencia y la ausencia de actividades sustanciales” (OCDE, 1998, pág. 23).

      (González Martín, 2019) señala: “El FMI considera Centros Financieros Offshore, CFOs” en vez de Paraísos Fiscales, donde se realizan transacciones desproporcionadas a activos y pasivos de los sistemas financieros en determinada jurisdicción”. “Muchas empresas multinacionales establecen entidades con fines especiales en centros financieros extraterritoriales, u offshore, para sacar ventajas tributarias o de regulación y pueden inflar datos de inversión extranjera directa (IED)” (Damgaard & Sánchez-Muñoz, 2022).

      “El GAFI es un organismo intergubernamental encargado de contrarrestar los flujos de efectivos ilícitos, su propósito es el desarrollo y la promoción de políticas para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo (LA/FT)” (SBS, 2023). “Se encarga de establecer estándares internacionales cuyo objetivo es prevenir actividades ilegales y el daño que causan a la sociedad” (GAFI, 2023).

      De acuerdo a las múltiples definiciones, identificamos la causa lícita aplicada a los capitales extranjeros por determinadas jurisdicciones que derivan en hechos ilícitos por la falta de estándares internacionales de regulación, es decir, que las medidas fiscales son muy distintas en los países considerados paraísos fiscales y de los que no lo son, esto agravadas por la intromisión del capital sucio, fruto del lavado de activos, que se ven favorecidas por las mismas normativas de los paraísos fiscales.


      En este proceso estos capitales se ven favorecidas por el blindaje, secreto, la baja o nula imposición fiscal que ofrecen los paraísos fiscales, a través de sus normativas.

      De acuerdo a las múltiples definiciones, identificamos la causa lícita aplicada a los capitales extranjeros por determinadas jurisdicciones que derivan en hechos ilícitos por la falta de estándares internacionales de regulación, es decir, que las medidas fiscales son muy distintas en los países considerados paraísos fiscales y de los que no lo son, esto agravadas por la intromisión del capital sucio, fruto del lavado de activos, que se ven favorecidas por las mismas normativas de los paraísos fiscales. En este proceso estos capitales se ven favorecidas por el blindaje, secreto, la baja o nula imposición fiscal que ofrecen los paraísos fiscales, a través de sus normativas.

      Ingresos fiscales


      “Son aquellos recaudados por el Estado para financiar actividades del sector público, como impuestos, derechos, productos y aprovechamiento; los impuestos son instrumentos de la política fiscal, pueden ser directos (grava la riqueza) o indirectos (grava el consumo)” (OFILAC, 2023).

      Evasión Fiscal


      “Se considera a las operaciones simuladas o deducciones por gastos inexistentes” (Fernández et al., 2023). Además, “es el incumplimiento de las normativas fiscales cuando existe el hecho generador del impuesto, por lo que son actos ilegales de emplear artificios del incumplimiento al pago del impuesto” (Cárdenas, 2004).

      Elusión Fiscal


      “Se considera a los mecanismos legales empleados para reducir o evitar el pago de impuestos, con la característica de no contradecir las normas, sino de valerse de sus defectos y obtener beneficios económicos” (Westreicher, 2019). Se emplea los vacíos legales para sacar provecho de las mismas normas fiscales.

      Flujos Financieros Ilícitos


      “Los flujos financieros ilícitos son traslados de dinero ilícito de un país a otro” (Podestá et al., 2017). El término ilícito implica actividades al margen de la ley, condenadas y penadas por esta.


  3. MÉTODO


    Las variables empleadas del estudio de investigación fueron la principal institución, los programas de regulación, y la adhesión y cumplimiento de programas de regulación de los paraísos fiscales en América Latina. Variables que se les ubicó navegando por la web, a través del operador Crome. Se empleó la página web de la Organización para el Crecimiento y Desarrollo Económicos (OCDE). Los tres objetivos fueron planteados en la introducción.

    El método empleado para la investigación fue el Método de Casos. Se discutió la lucha contra los paraísos fiscales en el periodo 2018 a 2023 del caso de América Latina.

  4. RESULTADOS


    El Plan de acción BEPS


    El Plan BEPS fue aprobado en setiembre del periodo 2013 por la OCDE y el G20 y publicado en el 2015. “Las quince acciones que exponen la OCDE/G20” (OCDE & G20, 2023) de acuerdo con la tabla 1.


    Tabla 1

    Las Quince Acciones del Plan BEPS 2013


    Detalle

    Acción

    Retos fiscales derivados de la fiscalización

    1

    Neutralización de los efectos acuerdos híbridos asimétricos

    2

    Sociedad extranjera controlada

    3

    Limitación de las deducciones de intereses

    4

    Prácticas Fiscales Perniciosas

    5

    Prevención del abuso de los convenios fiscales

    6

    Condición del establecimiento permanente

    7

    Precio de transferencia

    8 – 10

    Análisis de datos BEPS

    11

    Reglas de divulgación obligatoria

    12

    Informes país por país

    13

    Procedimiento amistoso

    14

    Instrumento multilateral

    15

    Fuente: OCDE/G20 Acciones BEPS


    “Con el Marco inclusivo BEPS, se incluyó a los países en desarrollo al plan desde junio del 2016, con esto los países en desarrollo o no miembros de la OCDE pueden desarrollar estándares, realizar seguimientos BEPS y el fortalecimiento capacidades” (Jiménez et al., 2020). “Con esto las acciones prioritarias dentro proyecto BEPS de los países en desarrollo son las acciones (4, 6, 7, 8-10 y 13)” (OCDE, 2014). Existen diversas instituciones internacionales comprometidas con regular las prácticas de elusión fiscal, evasión fiscal y flujos de efectivo ilícitos que son asociados a los paraísos fiscales. Organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Fondo Monetario Internacional (FMI), Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), Unión Europea, Grupos de Trabajo


    del G20, Banco Mundial, Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales.

    Con respecto a la institución internacional hallamos que desde el 2016 la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) es la principal institución encargada de hacer frente a los paraísos fiscales en América Latina. “Donde se incluye a países en desarrollo con el Marco inclusivo de implementar el proyecto y la adopción de la Convención multilateral e implementar medidas fiscales para prevenir BEPS” (Jiménez et al., 2020). “La OCDE es una organización internacional que tiene la misión de diseñar mejores políticas para una vida mejor, trabaja en estándares internacionales para proponer soluciones basadas en datos empíricos en temas sociales, económicos y ambientales” (OCDE, 2023).

    Declaración de Punta del Este


    “Se dio después de una reunión ministerial el 19 de noviembre del 2018 (Uruguay), donde los ministros debatieron la posibilidad de potenciar la cooperación fiscal internacional” (OCDE, 2018), en donde los puntos más resaltantes de acuerdo con la tabla 2.


    Tabla 2


    OCDE, Medidas Concretas y Objetivos 2018 - 2023


    Organismo Internacional

    Año

    Medidas Concretas y Objetivos frente a los Paraísos Fiscales.


    OCDE

    2018

    Promover la transparencia fiscal e intercambio de información eficientes.

    2019

    Fortalecer la transparencia fiscal e intercambio de información eficientes.

    2020

    Establecer el Foro Global sobre transparencia fiscal e intercambio de información (EOI).


    2021

    Promover la aplicación plena y eficaz de estándares internacionales de transparencia fiscal y EOI, para su uso eficaz.

    Progreso de la aplicación plena y eficaz de estándares internacionales de transparencia y EOI, y su uso eficaz.

    Aumentar la participación de la Convención de Asistencia

    Administrativa Mutua en Materia Fiscal (MAAC) y en el Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras (AEOI).

    2022

    Implementación estándares de transparencia fiscal y EOI, y AEOI y adherir a países latinoamericanos.

    Adherir a países Latinoamericanos a la Convención Sobre la Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (MAAC).

    2023

    Avanzar en la Implementación de estándares de transparencia fiscal y EOI, y AEOI.

    Fuente: OCDE 2018 – 2023

    Elaboración Propia


    Desde la publicación del plan de acción contra la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios (BEPS) en julio 2013. “El problema pendiente a los impuestos directos en el informe de la OCDE del 2015 y las discrepancias de algunos países a los impuestos a los servicios digitales en el resumen de la OCDE del 2018” (Faúndez- Ugalde et al., 2021). Encontramos la ardua labor de la OCDE en su lucha contra la evasión fiscal, la elusión fiscal y los flujos de efectivo ilícitos, y que desde el año 2018 involucra a los países de América Latina.

    De acuerdo con el informe de la Declaración de Punta del Este del 2018 se hizo un llamado para reforzar las medidas contra la evasión fiscal y la corrupción. El informe (OCDE, 2018) señala: “el promedio de recaudación de la OCDE para el 2018 fue de


    34.3% del PBI y que muchos países de América Latina están por debajo de ese

    promedio, con una recaudación fiscal en promedio de 22.7%”.


    Tabla 3


    Ingresos tributarios como % del PBI en América Latina


    Países

    %

    2018

    2019

    2020

    2021

    Chile

    21.3

    21.0

    19.4

    22.2

    Colombia

    19.3

    19.7

    18.8

    19.5

    Costa Rica

    23.2

    23.4

    22.7

    24.2

    México

    16.1

    16.3

    17.8

    16.7

    OCDE – Promedio

    33.5

    33.4

    33.6

    34.1

    Argentina

    28.5

    28.5

    29.8

    29.1

    Bolivia

    25.0

    24.7

    22.2

    22.6

    Brasil

    32.0

    31.9

    31.0

    33.5

    Cuba

    42.3

    42.1

    37.5

    17.7

    Ecuador

    21.1

    19.9

    18.7

    19.4

    El Salvador

    21.3

    20.9

    22.0

    23.3

    Guatemala

    13.2

    13

    12.4

    14.2

    Honduras

    21.9

    21.5

    19.2

    21.2

    Nicaragua

    23.2

    25.7

    25.4

    27.1

    Panamá

    14.8

    14.0

    13.4

    12.7

    Paraguay

    13.9

    13.9

    13.5

    14.0

    Perú

    16.3

    16.5

    15.2

    17.9

    Rep. Dominicana

    13.1

    13.4

    12.5

    14.5

    Uruguay

    27.0

    26.6

    26.7

    26.5

    Promedio AL

    21.9

    21.8

    21.0

    20.9

    Fuente: Recursos Estadísticos OCDE-Stat-CEPAL (2023)

    Elaboración Propia

    En el año 2018 los países como Chile, Colombia, Costa Rica y México que forman parte de la OCDE también están por debajo del porcentaje de recaudación promedio de la OCDE. En comparación a los años 2019, 2020 y 2021 vemos que el porcentaje de recaudación promedio en América Latina sufrió ligeras variaciones respecto al promedio de la OCDE, pero manteniéndose en más del 10% de distancia.

    Asimismo, en la declaración de Punta del Este del 2018, se puso en agenda reducir los flujos de efectivo ilícitos para el año 2030. “El FMI califica de centros financieros extraterritoriales u offshore en donde las multinacionales se establecen, para conseguir ventajas tributarias y de regulación, inflando considerablemente las


    inversiones extranjeras directas (IED)” (Damgaard & Sánchez-Muñoz, 2022). Los centros offshore no se benefician de los flujos de capital por IED en sus territorios. Por lo tanto, (Damgaard & Sánchez-Muñoz, 2022) señala: “La reducción de la participación de los centros financieros offshore en la IED se vio afectada por la Ley de recortes tributarios y empleo de Estados Unidos en 2018, como pudo haberse reducido por la iniciativa BPS”. Esto en relación con los Estados Unidos de América que a consecuencia de la Covid-19 y las crisis financieras posteriores le ubicarían como centro principal de las inversiones extranjeras directas.

    “En la reunión del 2019 subrayaron la necesidad de intensificar el uso de intercambio de información y la capitación a funcionarios de las administraciones tributarias” (OCDE, 2019). Segunda reunión enfocado a fortalecer los objetivos de la Declaración de Punta del Este 2018.

    La tercera reunión de la Declaración de Punta del Este llevado a cabo los días 12 y 13 de noviembre del 2020 tuvo por objetivo implementar estándares internacionales del Foro Global sobre transparencia fiscal e intercambio de información (EOI). “Asistencia administrativa fiscal, fortalecer o establecer unidades EOI, aumentar el número y la calidad de solicitudes EOI enviadas y participar en la implementación de estándares de intercambio automático de información de cuentas financieras” (OCDE, 2020), fueron los compromisos de los signatarios.


    Tabla 4


    Lista de Signatarios


    Estado

    Fecha

    Argentina

    2018

    Brasil

    2019

    Chile

    2018

    Colombia

    2018

    Costa Rica

    2019

    República Dominicana

    2019

    Ecuador

    2018

    Guatemala

    2020

    Honduras

    2020

    Panamá

    2018

    Paraguay

    2018

    Perú

    2019

    Uruguay

    2018

    Fuente: OCDE 2020


    Hasta el 2020 fueron 13 países de América Latina comprometidos contra la lucha de los paraísos fiscales. Los representantes de los 13 países signatarios se reunieron de forma virtual, para llevar a cabo la cuarta reunión de Punta del Este, entre el 12 y 13 de julio del 2021. “Informe con progreso desigual en intercambio de información entre los Países de América Latina” (OCDE, 2021).

    Tabla 5


    Nivel de prioridad dado al EOI en América Latina al 2021


    Encuesta a 16 países de América Latina

    %

    Muy alta

    Alta

    Media

    Prioridad al EOI

    31

    50

    19

    Conocimiento

    del personal en EOI

    12.5

    37.5

    50

    Fuente: Transparencia fiscal en América Latina OCDE 2021


    La tabla 5 nos muestran el avance a la prioridad dada al intercambio de información y el conocimiento del personal en EOI respectivamente en los países de América Latina. La prioridad dada por los países latinoamericanos entre alta y muy alta representan el 81%, por otro lado, el conocimiento del personal entre alta y muy alta representa el 50%.

    En el informe de la quinta reunión con respecto a las fuentes de información del beneficiario final, pueden ser las instituciones financieras (FIs), las actividades y profesiones no financieras designadas (APNFDs), las propias entidades, la administración tributaria y/o un registro central de beneficiarios finales.

    Tabla 6


    Combinación de fuentes de información del beneficiario final en América Latina


    Número de Fuentes de Información sobre el beneficiario final

    Número de países

    4: IFs + APNFDs +

    entidades + adm trib.

    1

    3: IFs + reg central + entidades

    1

    3: IFs + APNFDs +

    reg central

    5

    3: IFs + APNFDs +

    entidades

    2

    3: IFs + entidades

    + adm tributaria

    1

    2: IFs + APNFDs

    2

    2: IFs + entidades

    1

    1: IFs

    3

    Nota: Respuesta de 16 países

    Fuente: Encuesta de transparencia Fiscal en América Latina y revisión de pares del Foro Global


    El 8 de octubre del 2021 la OCDE impulsó los dos pilares de acuerdo con los contextos económicos mundiales. En el primer pilar se propuso la eliminación de lo doble tributación, a través de la exención o el método de la imputación y se de acuerdo con el Convenio Multilateral (CML), se suprimirán los impuestos digitales hasta el 31 de diciembre 2023. “De acuerdo con el segundo pilar se propuso la tasa mínima para


    la Renta de Inclusión de Renta (RIR) y para la Regla sobre Pagos Insuficientes Gravados (RPIG) de 15 %” (OCDE, 2021).

    Tabla 7


    Tipo Legal del Impuesto sobre Sociedades


    Países

    %

    2020

    2021

    2022

    2023

    Chile

    27

    27

    27

    27

    Colombia

    32

    31

    35

    35

    Costa Rica

    30

    30

    30

    30

    México

    30

    30

    30

    30

    Argentina

    30

    25

    25

    35

    Bolivia

    25

    25

    25

    25

    Brasil

    34

    34

    34

    34

    Ecuador

    25

    25

    25

    25

    El Salvador

    30

    30

    30

    30

    Guatemala

    25

    25

    25

    25

    Honduras

    25

    25

    25

    25

    Nicaragua

    30

    30

    30

    30

    Panamá

    25

    25

    25

    25

    Paraguay

    10

    10

    10

    10

    Perú

    29.5

    29.5

    29.5

    29.5

    Uruguay

    25

    25

    25

    25

    Fuente: Recursos Estadísticos OCDE.Stat – Trading Economics

    Elaboración Propia


    El informe de progreso que se realizó el 3 y 4 de mayo del 2022 muestra la evasión fiscal y los flujos de efectivo ilícitos FFIs como un problema global que afecta a los ingresos fiscales de cada país, siendo los más afectados los países en vía de desarrollo. “La Comisión Económica para América Latina (CEPAL) estimó que en el 2018 se perdió EUR 272 millones, lo que sería el 6.1 del PBI de la región, el 3,8% por la evasión de impuesto de sociedades y de personas físicas” (OCDE, 2022).


    Tabla 8


    Tasa de Evasión Tributaria Estimada para el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas


    Países

    Año

    %

    Chile

    2009

    27

    Costa Rica

    2013

    57.3

    México

    2016

    18.7

    Argentina

    2005

    49.7

    Ecuador

    2005

    58.1

    El Salvador

    2005

    36.3

    Guatemala

    2006

    69.9

    Panamá

    2006

    33.4

    Rep. Dominicana

    2017

    57.1

    Perú

    2006

    32.6

    Promedio

    44

    Fuente: CEPAL (2020), panorama Fiscal en América Latina y el Caribe 2020

    Elaboración Propia


    Tabla 9


    Tasa de Evasión Tributaria Estimada para el Impuesto de Sociedades


    Países

    Año

    %

    Chile

    2009

    31

    Colombia

    2016

    35.8

    Costa Rica

    2015

    59.6

    México

    2016

    19.9

    Argentina

    2005

    49.7

    Ecuador

    2005

    65.3

    El Salvador

    2005

    51

    Guatemala

    2017

    79.9

    Panamá

    2016

    72.7

    Rep. Dominicana

    2017

    61.9

    Perú

    2017

    51.6

    Uruguay

    2013

    44.7

    Promedio

    52

    Fuente: CEPAL (2020), panorama Fiscal en América Latina y el Caribe 2020


    Las tablas 8 y 9 nos muestran el promedio de las altas tasas de 44% y 52% en las dos últimas décadas sobre el impuesto sobre la renta en personas físicas y sobre sociedades respectivamente en América Latina. Asimismo, la tabla 2 nos muestra que el promedio de los ingresos recaudados de 18 países de América Latina como porcentaje del PBI para los años 2021, 2020, 2019 y 2018 son de 20.9%, 21%, 21.8% y 21.9% respectivamente, más del 10% recaudado en promedio por la OCDE para los respectivos años. Las altas tasa de evasión y otros flujos de efectivo ilícitos FFIs merman el desarrollo de los países de América Latina.


    En la sexta reunión de la Declaración de Punta del Este llevado a cabo el 3 y 4 de mayo del 2022 se informó sobre el progreso de implementación de estándares de transparencia fiscal y EOI, y el intercambio automático de información de cuentas financieras AEOI, aunque esta última se encuentra en proceso de implementación por algunos países latinoamericanos.

    Tabla 10


    Implementación de EOI en América Latina



    Alto

    %

    Medio

    %

    N° de países

    Nivel de prioridad dado al intercambio de información


    81


    19


    16

    Conocimiento del

    personal sobre EOI


    38


    63


    16

    Fuente: Transparencia fiscal en América Latina OCDE 2022


    Tabla 11


    Países con disposiciones organizativas y herramientas técnicas de EOI



    %

    No

    %

    N° de países

    Delegación AC

    94

    6

    16

    Unidad EOI

    94

    6

    16

    Manual EOI

    94

    6

    16

    Herramienta de rastreo EOI

    75

    25

    16

    Fuente: Transparencia fiscal en América Latina OCDE 2022


    De acuerdo con la tabla 11, para el 2022, quince de dieciséis países latinoamericanos cuentan con delegación de autoridad competente (AC), unidad de EOI, manual EOI y doce países herramientas de rastreo EOI. Se tuvo un gran avance respecto a intercambio de información (EOI).


    Tabla 12


    Países que Utilizan Datos del CRS-AEOI en sus Actividades Tributarias



    %

    No %

    N° de países

    Evaluación de riegos

    71

    29

    7

    Auditorías fiscales

    71

    29

    7

    Recaudación de impuestos

    34

    57

    7

    Notificación a contribuyentes

    57

    43

    7

    Fuente: Transparencia fiscal en América Latina OCDE 2022


    En la tabla 12 muestra que de los siete países latinoamericanos al 2022 empleó el Estándar Común de Reporte (CRS) e Intercambio de Información Previa Petición (AEOI) para sus actividades tributarias (OCDE, 2022). Cinco países (71%), la emplearon para la evaluación de riesgos y auditorías fiscales; tres países (34%), para la recaudación de impuesto; y cuatro países (57%), para la notificación a contribuyentes. Además, (OCDE, 2022) señala: “Argentina identificó EUR 8.2 millones con los datos del CRS recibidos el 2019-2021; Perú EUR 1.8 millones, en su primer año de intercambio CRS-AEOI el 2020”.

    En su octava reunión de la Declaración de Punta del Este llevado a cabo el 27 y 28 de junio en Asunción Paraguay el 2023. “La OCDE destacó el avance de implementación de estándares de transparencia fiscal e intercambio de información (EOI), aunque con avance desigual entre países de la región” (OCDE, 2023).


    Tabla 13


    Solicitudes de Información enviadas, 2022


    Países

    %

    México

    148

    20

    Argentina

    331

    45

    Colombia

    159

    22

    Perú

    51

    7

    Otros encuestados

    46

    6

    Total

    735

    100

    Fuente: Encuesta de Transparencia Fiscal en América Latina 2022


    La tabla 13 muestra a los países con mayores solicitudes de información enviadas en el 2022. Argentina con 331 solicitudes enviadas (45%) es el que mayores solitudes de información envió en el periodo 2022, Perú con 51 solicitudes enviadas (7%) representa las cantidades más bajas de solicitudes envidas entre los países que envían solicitudes. Esta información nos muestra que tanto los países de América Latina que son parte y los que no son parte de la OCDE, mostraron avances con respecto a los acuerdos programados.


  5. DISCUSIÓN


    Si bien “el FMI considera centros financieros extraterritoriales, u offshore (Damgaard & Sánchez-Muñoz, 2022) a los paraísos fiscales, donde multinacionales establecen oficinas especiales para sacar ventajas tributarias y de regulación. Se enfoca en la recopilación de datos de manera general a nivel mundial”. “El GAFI, a su vez, se encarga de la prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo” (GAFI, 2023), para sociedades libres de actividades ilícitas de manera general. Es la OCDE, por encargo de los líderes del G20 en un inicio y desde el 2013 con la publicación del plan BEPS, que va a comprometer a países de América Latina desde el 2018 con la Declaración de Punta del Este en la lucha contra los paraísos fiscales. Esto porque los países en desarrollo son los más afectados frente a los privilegios fiscales y de regulación que ofrecen los países considerados paraísos fiscales.


    Hasta la fecha la Declaración de Punta del Este lleva ocho reuniones programadas con los países de América Latina, enfocadas en la transparencia fiscal y el intercambio de información. Reuniones que incluyen metas concretas y objetivos para hacerle frente a los paraísos fiscales. “En el estudio de 1998 al 2018 la OCDE, FMI, GAFI y la UE implementaron las “listas negras” para identificar a los paraísos fiscales, aunque fueron eficaces y estos reformasen sus sistemas financieros y fiscales, muchos realizaban un “cumplimientos simulados”” (González Martín, 2019) como “el caso de Andorra que contando con tasas fiscales bajas, de aceptar y firmar compromisos de transparencia y cooperación e intercambio de información, la OCDE y la Unión Europea le retirarían de sus listas negras en el año 2009” (Caballero Sánchez, 2022).Es importante resaltar el compromiso de los países latinoamericanos en el trabajo conjunto de hacerle frente a los paraísos fiscales en base a la transparencia fiscal y el intercambio de información más desarrollado.

    “Son complejos los dos pilares de la OCDE frente a la digitalización del comercio internacional en donde se deja de lado cuestiones claves de BEPS donde cobra relevancia la recopilación de datos, plataformas de monopolio digital, los paraísos digitales, etc.” (Faúndez-Ugalde et al., 2021). En efecto, si los países latinoamericanos no se comprometen y desarrollan la transparencia fiscal y el intercambio de información acorde con el avance de la ciencia y tecnología, los países en desarrollo no tendrían mejoras en sus resultados fiscales, y se estarían haciendo frente a nuevas formas de paraísos digitales, cada vez más cambiante.


  6. CONCLUSIONES


    En primer lugar, la lucha contra los paraísos fiscales se viene dando por parte de países desarrollados desde el 2013 con el plan de acción de la Erosión de la Base Imponible y Traslado de Beneficios (BEPS por sus siglas en ingles), esto a raíz y de manera tardía por la crisis financiera del 2008. Donde los líderes del G20 encargan a la OCDE fortalecer la cooperación tributaria internacional. Desde el 2014 la OCDE asignaría acciones específicas (de sus quince acciones) a los países en desarrollo y el 2016 con el Marco inclusivo BEPS desarrollarían actividades para prevenir BEPS.


    Desde el 2018 la OCDE con su primera reunión denominada Declaración de Punta del Este viene implementando medidas concretas y objetivos en América Latina para prevenir BEPS, que se da a través de la evasión fiscal, elusión fiscal y los flujos de efectivo ilícitos facilitadas por los paraísos fiscales. La OCDE con sus ocho reuniones hasta la fecha es la principal institución internacional comprometido en la lucha contra los paraísos fiscales en América Latina, además cuenta con reuniones donde muestra los progresos y avances a los objetivos previos pactados. Los programas de regulación son las medidas concretas y objetivos trazados en cada una de las ocho reuniones llevadas a cabo en los periodos 2018 al 2023 donde su línea principal para combatir a los paraísos fiscales es la transparencia fiscal e intercambio de información.

    Al 2021 los reportes de ingresos tributarios como porcentaje del PBI en promedio para los países latinoamericanos es 20.9% con ligeras variaciones respecto al 2018, lo que sigue siendo bajo en comparación al promedio de la OCDE. Solo diez países de dieciséis emplean IFs y APNFDs como fuentes principales de información para el beneficiario final, en los dieciséis países la principal fuente son las IFs. Al 2023 el tipo legal de impuesto sobre sociedades en promedio de países latinoamericanos es de 27.5%, Paraguay con el 10% tiene el tipo impositivo más bajo de la región y el resto fluctúa en rango de 25% a 35%, tipos impositivos que distan mucho de los ingresos recaudados. El promedio de la tasa de evasión fiscal para las dos últimas décadas del impuesto a la renta sobre las personas físicas es de 44% y sobre las sociedades es de 52% los cuales son muy elevados y perjudican a los ingresos fiscales de cada país.

    Al 2022 solo seis países de dieciséis tienen conocimiento de EOI, trece países le dan prioridad a la implementación, doce países cuentan con herramientas de rastreo de EOI; y de siete países latinoamericanos en aplicación de CRS-EOIR, cinco emplean para la evaluación de riesgos y auditorías fiscales, tres para la recaudación de impuesto; y cuatro para la notificación a contribuyentes. También al 2022 solo Argentina, Perú, Colombia y México realizan solicitudes de información en mayor medida en comparación al resto de países. Solicitudes de información y su intercambio que son usados contra la evasión fiscal, la elusión fiscal y los flujos de efectivo ilícitos lo cual es útil para las políticas fiscales de los países.


  7. BIBLIOGRAFÍA


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